Al
divorciarse hay que acudir al Juzgado e iniciar un procedimiento de
divorcio, en este caso entiendo que de mutuo acuerdo. Uno de los
elementos fundamentales de ese juicio es un documento que firman los
cónyuges y que se denomina “convenio”, en el cual manifiestan
que están de acuerdo en divorciarse y además ellos mismo pactan el
reparto de los bienes que tenían en común (saldos bancarios,
acciones, el coche, los muebles, el piso, etc...); es decir deben
hacer una lista con todos sus bienes comunes, valorarlos y
adjudicárselos entre ellos por partes iguales.
En
este caso si me dices que el piso te lo quedas tú habrá que darle
un valor (bueno), pero por otro lado habrá que ver cuánto queda
pendiente de pagar de hipoteca (malo); es este caso el valor de la
vivienda será la diferencia entre los dos. SI la diferencia es
positiva, el beneficio contará al 50 % por cada cónyuge, es decir
cuando te quedes el piso deberás entregarle a tu ex la mitad del
“bebeficio” (si existe). Todo esto y más queda reflejado en la
sentencia de divorcio que emite el Juzgado de Familia, y sirve igual
que una escritura firmada ante notario para inscribir en el Registro
de la Propiedad, para el Ayuntamiento, etc...
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