martes, 1 de octubre de 2013

Soy propietario de un piso pequeño en Zaragoza, y ahora por trabajo me tengo que marchar a Córdoba por bastante tiempo. Como lo compre hace años aún me desgravo por vivienda habitual, pero mi idea ahora es alquilarlo. ¿Podré seguir desgravándome?


El propio título de la desgravación indica que es “por vivienda habitual”, o sea que si marchas a vivir a otro sitio es evidente que ya no será tu vivienda habitual...además si la alquilas es todavía más evidente que ya no vives en ella.
Si formalizas un contrato de alquiler sobre esa vivienda en regla, deberás declarar los ingresos que obtengas y el inquilino podrá obtener los beneficios fiscales contemplados para los alquileres en su declaración de la renta, con lo cuál todos los datos del arrendamiento estarán en poder de la Agencia Tributaria, Tener un piso en propiedad alquilado y a la vez incluir una desgravación por vivienda habitual sobre el mismo no es posible ni recomendable. Como propietario podrás tener una deducción de los ingresos que obtengas del alquiler dependiendo de la edad del inquilino y podrás desgravarte de los beneficios los gastos de comunidad, los intereses del préstamo, etc...

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