viernes, 19 de abril de 2013

He alquilado un piso, y el propietario me ha dicho que no hace falta cambiar los suministros de nombre, que ya me pasará los recibos cuando le lleguen y yo se los tendré que pagar. ¿Es eso legal? ¿No tendría que tener yo a mi nombre todos los suministros?




Bueno, siempre que tengas un contrato de alquiler firmado no hay problema respecto a nombre de quién vaya la titularidad de los suministros; ahora el obligado a pagar los consumos es el inquilino. Me imagino que lo que ocurre es que el propietario para evitar papeleo quiera mantener los servicios tal y como están, ya que si se hacen modificaciones o bajas llevan un importe añadido, que realmente tiene que abonar el inquilino.
En tu caso si el propietario te lo ha propuesto así, es en todo caso un beneficio para tí, porque no tienes que hacerte cargo del importe de las altas o los cambios. No obstante deberás pedirle una fotocopia de los recibos que te indique has de pagar y cuando se lo abones o bien te entregue un recibo firmado por la cantidad pagada (la misma fotocopia de la factura vale) o si se lo haces por el banco como concepto le pongas que suministro es y que fechla estas pagando (por ejemplo, luz marzo-abril 2013)


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