Bueno,
siempre que tengas un contrato de alquiler firmado no hay problema
respecto a nombre de quién vaya la titularidad de los suministros;
ahora el obligado a pagar los consumos es el inquilino. Me imagino
que lo que ocurre es que el propietario para evitar papeleo quiera
mantener los servicios tal y como están, ya que si se hacen
modificaciones o bajas llevan un importe añadido, que realmente
tiene que abonar el inquilino.
En
tu caso si el propietario te lo ha propuesto así, es en todo caso un
beneficio para tí, porque no tienes que hacerte cargo del importe de
las altas o los cambios. No obstante deberás pedirle una fotocopia
de los recibos que te indique has de pagar y cuando se lo abones o
bien te entregue un recibo firmado por la cantidad pagada (la misma
fotocopia de la factura vale) o si se lo haces por el banco como
concepto le pongas que suministro es y que fechla estas pagando (por
ejemplo, luz marzo-abril 2013)
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