lunes, 29 de abril de 2013

Llevo viviendo en un piso de alquiler dos años y medio, y ahora me quiero marchar. ¿Cómo lo hago? ¿Llamo al propietario y se lo digo por teléfono? ¿Tengo que firmar algún papel?


Lo primero que habrá que hacer es leer el contrato de alquiler que se firmó en su día, en concreto el clausulado; en el mismo puede haber un apartado en el que se indique cómo puede rescindir el inquilino el contrato de alquiler. Lo normal es que indique un plazo de preaviso, es decir el tiempo con el que tienes que avisar al propietario de que te marchas (lo normal es un mes o dos); lo recomendable en este caso es dejar constancia del aviso cogiéndole la firma en un documento con el aviso al propietario o mandándole un burofax.
Ten en cuanta que sino cumples este plazo de preaviso, el propietario te lo puede “cobrar”, es decir si le dices de un día para otro que te vas puede cobrarte un mes por no haberle preavisado con el plazo marcado.
El otro punto importante es saber si hay fijado algún tipo de penalización en el contrato si el inquilino no cumple el plazo anual; en este caso volvemos a leernos el contrato y lo buscamos. De todas formas independientemente de lo que ponga en el contrato, el propietario puede renunciar a cualquier indemnización que le corresponda dada la buena relación que haya mantenido con el inquilino.


No hay comentarios:

Publicar un comentario