martes, 19 de marzo de 2013

Quiero alquilar un piso pero el propietario me pide dos meses de fianza porque está amueblado ¿es eso legal? Lo pregunto porque he estado viviendo de alquiler en Madrid en un piso con muebles y sólo dejé un mes de fianza.


Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 indica que al alquilar una vivienda se depositará un mes de fianza (independientemente de si tiene muebles o nó), aquí en Aragón son dos meses si tiene muebles el alquiler o uno si no hay muebles.
El motivo es que al ser la Comunidad Autónoma la competente en este campo, desarrolla este punto en la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianzas de arrendamientos y otros contratos, fijando las cantidades antes indicadas.

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